El fallo recalc贸 que en las dos ocasiones que el agresor pidi贸 el beneficio -en marzo y septiembre de 2025, Nabila Rifo no fue notificada para ejercer sus alegatos.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogi贸 el recurso de amparo presentado por el Servicio Nacional de la Mujer (Sernameg) y orden贸 el reingreso a prisi贸n de Mauricio Ortega, condenado por atacar y dejar ciega a Nabila Rifo en 2016.
De esa forma, la Corte orden贸 la realizaci贸n de una nueva sesi贸n de la Comisi贸n de libertad Condicional para revisar la solicitud de Ortega, con la debida notificaci贸n previa de la v铆ctima.
El fallo recalca que 芦en ninguna de las solicitudes realizadas por el condenado 鈥揺n marzo y septiembre de 2025- para acceder al beneficio de libertad condicional, se notific贸 a la v铆ctima, precisando que a la fecha de interposici贸n del presente arbitrio no existe constancia de ello禄.
芦Adem谩s se帽alar que la v铆ctima presenta una discapacidad visual total a consecuencia de los il铆citos perpetrados en su contra, por lo que la entrega de una copia f铆sica en el domicilio no constituye una forma efectiva ni accesible de comunicaci贸n, puesto que no garantiza que 茅sta tome conocimiento del contenido ni pueda ejercer sus derechos禄, afirma.
En ese sentido, se plantea que dicha omisi贸n impidi贸 en ambas ocasiones que 芦la v铆ctima pudiera ejercer su derecho de ser o铆da en el procedimiento de libertad condicional, adem谩s de generar un perjuicio real y concreto en la esfera de protecci贸n al dejarla en indefensi贸n al no poder presentar alegaciones ni solicitar medidas de resguardo, lo que constituye un riesgo real e inminente para su integridad f铆sica y ps铆quica禄.
El sujeto condenado a 18 a帽os de c谩rcel tras atacar y dejar ciega a Nabila Rifo deber谩 reingresar al Centro Penitenciario de Puerto Ays茅n.
Ortega vio cambiada su pena a libertad condicional el mes pasado, lo que provoc贸 un rechazo transversal en el mundo pol铆tico debido a que Gendarmer铆a hab铆a emitido un informe en el que advert铆a de rasgos psicop谩ticos.










