El fallo recalcó que en las dos ocasiones que el agresor pidió el beneficio -en marzo y septiembre de 2025, Nabila Rifo no fue notificada para ejercer sus alegatos.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de amparo presentado por el Servicio Nacional de la Mujer (Sernameg) y ordenó el reingreso a prisión de Mauricio Ortega, condenado por atacar y dejar ciega a Nabila Rifo en 2016.
De esa forma, la Corte ordenó la realización de una nueva sesión de la Comisión de libertad Condicional para revisar la solicitud de Ortega, con la debida notificación previa de la vÃctima.
El fallo recalca que «en ninguna de las solicitudes realizadas por el condenado –en marzo y septiembre de 2025- para acceder al beneficio de libertad condicional, se notificó a la vÃctima, precisando que a la fecha de interposición del presente arbitrio no existe constancia de ello».
«Además señalar que la vÃctima presenta una discapacidad visual total a consecuencia de los ilÃcitos perpetrados en su contra, por lo que la entrega de una copia fÃsica en el domicilio no constituye una forma efectiva ni accesible de comunicación, puesto que no garantiza que ésta tome conocimiento del contenido ni pueda ejercer sus derechos», afirma.
En ese sentido, se plantea que dicha omisión impidió en ambas ocasiones que «la vÃctima pudiera ejercer su derecho de ser oÃda en el procedimiento de libertad condicional, además de generar un perjuicio real y concreto en la esfera de protección al dejarla en indefensión al no poder presentar alegaciones ni solicitar medidas de resguardo, lo que constituye un riesgo real e inminente para su integridad fÃsica y psÃquica».
El sujeto condenado a 18 años de cárcel tras atacar y dejar ciega a Nabila Rifo deberá reingresar al Centro Penitenciario de Puerto Aysén.
Ortega vio cambiada su pena a libertad condicional el mes pasado, lo que provocó un rechazo transversal en el mundo polÃtico debido a que GendarmerÃa habÃa emitido un informe en el que advertÃa de rasgos psicopáticos.










