Este mi茅rcoles se public贸 en el Diario Oficial la Ley que regula el uso de celulares y otros dispositivos m贸viles dentro de establecimientos educacionales.
La medida comenzar谩 a regir desde el inicio del a帽o escolar 2026, para todos los establecimientos y en todos los niveles.
Como era de esperarse, el punto que ha generado m谩s revuelo es la creaci贸n del art铆culo 10 bis en la Ley General de Educaci贸n, el cual establece la prohibici贸n expl铆cita del uso de dispositivos m贸viles electr贸nicos de comunicaci贸n personal en los establecimientos educacionales que imparten niveles de educaci贸n parvularia, b谩sica o media.
Por dispositivos m贸viles electr贸nicos de comunicaci贸n personal se entienden 鈥渁quellos medios tecnol贸gicos que permiten efectuar telecomunicaci贸n, acceder a la red de internet para mantener interacci贸n de telecomunicaci贸n y consultar contenidos o plataformas digitales鈥.
La prohibici贸n se aplicar谩, especialmente, durante el desarrollo de actividades curriculares dentro de la sala de clases y se extender谩 a todos los integrantes de la comunidad educativa, salvo en ciertos casos, 驴cu谩les son?
Excepcionalmente, se podr谩 autorizar el empleo de dispositivos m贸viles en las siguientes situaciones:
a) Si el estudiante presenta necesidades educativas especiales respecto de las cuales el uso adecuado de estos dispositivos m贸viles se considera como una ayuda t茅cnica al servicio de sus aprendizajes.*
b) Si existe una situaci贸n de emergencia, desastre o cat谩strofe.
c) Si el estudiante presenta una enfermedad o condici贸n de salud, diagnosticada por un m茅dico, que requiera monitoreo peri贸dico a trav茅s de dispositivos m贸viles.*
d) Si la utilizaci贸n de estos dispositivos m贸viles es 煤til para la ense帽anza en funci贸n de la naturaleza de la actividad curricular o extracurricular en los establecimientos educacionales que imparten educaci贸n b谩sica o media.
e) Si el padre, madre o apoderado lo solicita fundadamente y de forma temporal, solo por razones de seguridad personal o familiar del estudiante.
* En los casos que aluden a necesidades especiales o condici贸n de salud, aquello deber谩 ser acreditado por el padre, madre o apoderado del estudiante a trav茅s de un certificado emitido por un profesional competente.










