La medida es obligatoria para el sector privado, proh铆be bajar salarios y contempla multas de entre 3 y 60 UTM por trabajador afectado.
Chile llega este 26 de abril al segundo escal贸n de la Ley 40 horas: desde este domingo fecha, la jornada ordinaria m谩xima cae de 44 a 42 horas semanales. El cambio es parte del calendario gradual fijado por la Ley 21.561, que contempla una 煤ltima reducci贸n en 2028, cuando el l铆mite quedar谩 definitivamente en 40 horas.
La norma modifica el art铆culo 22 del C贸digo del Trabajo y alcanza a m谩s de 5 millones de personas que trabajan en el sector privado bajo jornada ordinaria. La condici贸n central es que los salarios deben mantenerse intactos: la ley proh铆be expresamente usar la reducci贸n de horas como pretexto para bajar remuneraciones.
Sin embargo, la abogada laboral Francisca Montenegro explic贸 que hay trabajadores que est谩n exentos de esta normativa.
El primero de ellos, detall贸, son aquellos que 芦est谩n exceptuados de jornada, que son aquellos que no tienen fiscalizaci贸n directa e inmediata. En general son los gerentes, administradores o aquellos que ejerzan facultades de representaci贸n de la empresa禄. En esos casos, 芦es el empleador quien determina qui茅n re煤ne estas caracter铆sticas, pero el trabajador puede reclamar de esa resoluci贸n ante la Direcci贸n del Trabajo禄, explic贸.
La socia de RMR Laboral a帽adi贸 que otro grupo de trabajadores exentos son aquellos que 芦tienen jornadas excepcionales, por ejemplo, la miner铆a, que son rubros que -en general- tienen jornadas que son autorizadas expresamente por la Direcci贸n del Trabajo y que no necesariamente se van a adecuar a esta reducci贸n禄.
Los trabajadores a honorarios y aquellos funcionarios p煤blicos que no se rigen por el C贸digo del Trabajo tampoco est谩n incluidos en esta legislaci贸n, detall贸 la experta.
Respecto a la implementaci贸n de esta fase en el teletrabajo, la abogada laboral Cristina Melo detall贸 que 芦tambi茅n te corresponde la reducci贸n, salvo que trabajes con total autonom铆a, sean evaluados por resultados o metas, y sin supervisi贸n directa. Eso se analiza caso a caso禄.
La ley es expl铆cita: la reducci贸n no puede significar rebaja de sueldo ni recorte del tiempo de colaci贸n, que la DT ha reiterado que no forma parte de la jornada laboral. Al respecto, Cecily Halpern, especialista en derecho laboral y acad茅mica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, remarc贸 que 芦esta rebaja de la jornada es sin disminuci贸n de la remuneraci贸n, queda intacta禄.








