El Presidente Gabriel Boric fue denunciado ante la Contraloría General de la República de “faltar a la prescidencia” de cara al plebiscito de salida del próximo 4 de septiembre.
El oficio fue presentado por el abogado y militante de Renovación Nacional (RN), Marcelo Brunet, quien alegó los mismos argumentos del requerimiento en contra del ministro de la Segpres, Giorgio Jackson, quien «no se ajustó a la necesaria prescindencia» según dictaminó el órgano contralor.
En el documento, dado a conocer por La Tercera, se acusa a Gabriel Boric de desplegar «ha desplegado una actividad que lo pone al margen de la ley, atenta contra los procesos electorales transparentes y ha violado las instrucciones impartidas por este órgano contralor en materia de prescindencia de las autoridades en los procesos electorales a las que deben sujetarse las autoridades que gobiernan el país en el momento que dichos procesos se realizan».
A raíz de esto, el abogado solicita a la Contraloría conformar un equipo de fiscalizadores en las dependencias de la Presidencia para así «practicar las inspecciones e investigaciones que estime necesarias para los efectos de desarrollar la toma de declaraciones y entrevistas a diversas personas, las pruebas de validación respectivas, y la solicitud y análisis de datos, informes y documentos, sin perjuicio de otros medios técnicos que se estimen necesarios en las circunstancias, para determinar la veracidad y validez de lo señalado».
En la argumentación de su requerimiento, el abogado enumera una serie de declaraciones de Gabriel Boric en medios de comunicación referidas al Plebiscito Constitucional, además de su comportamiento en redes sociales.
Por esta situación, es que Brunet pidió al contralor, Jorge Bermúdez, tomar medidas que impidan al Presidente Boric hacer uso de cadenas nacionales en radio y televisión con motivo de comunicar detalles de cualquier acuerdo por el Apruebo.
En el escrito también se solicita que «se instruya y adopten de manera inmediata medidas que impidan, se sigan vulnerando normas de probidad, como la realización de actividades o puntos de prensa en que manifiesten opiniones acerca del texto constitucional, o que se participe en debates sobre el mismo, por no corresponder a las funciones de las autoridades en este proceso electoral».