El director regional del IPS, Joaqu铆n N煤帽ez explic贸 que 鈥渟eg煤n lo establecido en la Reforma de Pensiones, a partir de la remuneraci贸n correspondiente a agosto de 2025, los empleadores y empleadoras deber谩n realizar un aporte adicional equivalente al 1 % del sueldo imponible de cada trabajador y trabajadora.
Con el fin de mejorar las pensiones actuales y futuras, la Ley N掳 21.735 estableci贸 un incremento gradual de cotizaciones, que ser谩 de cargo del empleador. Al respecto, el Instituto de Previsi贸n Social (IPS) inform贸 que, en una primera etapa, corresponde enterar un 1 % adicional. Esto se iniciar谩 en base a las remuneraciones de agosto de 2025 -cuyas cotizaciones previsionales se pagan habitualmente los primeros d铆as de septiembre-, lo que se agregar谩 a las cotizaciones habituales del trabajador o trabajadora.
El aporte se deber谩 integrar dentro del plazo mensual establecido para el pago de las cotizaciones, es decir, hasta el d铆a 13 del mes siguiente al pago de las remuneraciones, si la declaraci贸n y pago se hace de manera electr贸nica. Para ello, se har谩n adecuaciones al formulario actual por parte de la correspondiente entidad recaudadora.
Esta cotizaci贸n ser谩 la primera de una serie de incrementos que, gradualmente, llevar谩n la cotizaci贸n del empleador hasta un 8,5 % del sueldo imponible en el a帽o 2033, y que se inicia con el 1 % mencionado. De este 煤ltimo porcentaje, un 0,1 % se incorporar谩 directamente a las cuentas individuales de AFP, para incrementar el ahorro previsional de los trabajadores y trabajadoras; mientras que el 0,9 % restante se integrar谩 al Seguro Social Previsional, para financiar la Compensaci贸n por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto ayudar谩 a corregir la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que en la pr谩ctica se traducir谩 en pensiones m谩s equitativas.
En la medida que avance la reforma, en el Seguro Social Previsional tambi茅n se incorporar谩 el porcentaje correspondiente al Beneficio por A帽os Cotizados. Asimismo, la cotizaci贸n que hoy pagan los empleadores por concepto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrar谩 a este Seguro Social, consolid谩ndose as铆 todos los aportes de cargo del empleador.
Es importante que durante este per铆odo los empleadores preparen sus procesos internos para el pago de esta cotizaci贸n adicional del 1 %, que se iniciar谩 respecto de las remuneraciones de agosto de 2025.
Tambi茅n cabe mencionar que la Superintendencia de Pensiones public贸 la Norma de Car谩cter General N掳 336, que establece, para las instituciones involucradas, los procedimientos espec铆ficos de recaudaci贸n y distribuci贸n de estos nuevos aportes, la cual puede ser consultada en el sitio www.spensiones.cl. De acuerdo con lo informado por la Superintendencia, en la actualidad el sistema cuenta con algo m谩s de 6 millones de cotizantes activos.









